Usufructo

Usufructo. Qué es y que relación tiene con las herencias

Usufructo es un derecho que permite utilizar y disfrutar de un bien que pertenece a otra persona con la obligación de mantener su forma y sustancia, siempre que el título de su constitución o la ley lo autoricen.

Es importante mencionar que cuando existe un usufructo, la persona que utiliza el bien puede utilizarla ampliamente, pero esto no le da la propiedad del mismo, ya que el pleno dominio lo va a conservar el dueño o propietario.

Este derecho tiene su consagración en el artículo 467 del Código Civil, en donde se detallan las dos partes que intervienen en este proceso, como son el usufructuario y el nudo propietario. Además, puede existir sobre toda clase de bienes y derechos, o sobre un crédito.

¿Cuáles son las partes que intervienen en el usufructo?

Para que exista el usufructo deben existir dos partes que se encuentran bien detalladas entre sí, como son:

  • El Usufructuario: es la persona que hace uso del bien o propiedad y que no se considera como propietario del bien utilizado,
  • El Nudo Propietario: es el propietario del bien, pero no puede disfrutar del mismo. Este derecho sólo pertenece al usufructuario.

Es importante también diferenciarlo del concepto del Pleno dominio. Éste existe cuando el derecho de usufructo y su nuda propiedad recaen sobre una misma persona.

¿Cuáles son las características del usufructo?

Es un derecho real sobre un bien ajeno, ya que el bien formará parte del patrimonio del nudo propietario y no de la del usufructuario quien hace uso del mismo, pudiendo emplearlo completamente y pudiendo gozar de todos sus derechos.

Es importante mencionar que el usufructo debe tener una duración específica, por lo que no debe considerarse como indefinido. Si el usufructuario es una persona física la duración tiene unas determinadas características. Por el contrario, si es un pueblo, corporación o sociedad el usufructo no podrá tener una duración superior a los 30 años.

Tipos de usufructo

En una herencia nos podemos encontrar con diferentes tipo de usufructo. Cada uno de estos tipos tiene sus particularidades y características propias.

  • Usufructo Legal: Es el que se forma por imperativo legal. El único supuesto que actualmente existe en nuestro ordenamiento jurídico es el que tiene que ver con el derecho de usufructo del cónyuge que queda viudo tras el fallecimiento del otro.
  • Voluntario: Es el que se da cuando alguien lo establece en su testamento de forma voluntaria.
  • Temporal: Esta clase de usufructo tiene fecha de caducidad. El límite temporal lo puede establecer el testador sólo cuando se trata de un usufructo voluntario. Si no, tendrá que determinarlo el juez.
  • Vitalicio: El usufructo termina cuando el usufructuario fallece. Está relacionado con lo ya comentado en el tipo de usufructo legal.

¿Cuáles son los derechos del usufructuario?

Con la finalidad de conservar una efectiva relación usufructuaria se deben tomar en cuenta los siguientes derechos para el usufructuario:

  • Disfrute total del bien.
  • Disfrute de los beneficios que genere ese bien que está bajo el usufructo, por ejemplo, si se tiene en usufructo tierras agrícolas y se plantan cualquier tipo de vegetales, los ingresos obtenidos por sus ventas serán para el usufructuario.
  • El usufructuario no debe que cancelar las cargas tributarias del objeto del usufructo, ya que esto corresponde al propietario del bien.
  • El usufructuario no debe pagar las deudas que tenga el objeto del usufructo, ya que deben ser canceladas por el propietario.
  • El usufructuario no debe que cancelar las reparaciones extraordinarias, ya que esto es obligación del propietario.

¿Cuáles son los deberes del usufructuario?

Deberes del usufructuario:

  • Debe cancelar una fianza.
  • Debe elaborar un inventario de los bienes que se incluyen en el usufructo.
  • Debe responder por el deterioro originado en el usufructo, si es el resultado de una negligencia.
  • Tiene la obligación cancelar la realización de reparaciones ordinarias que necesite el objeto del usufructo por uso natural de la cosa.
  • Tiene la obligación de cancelar los gravámenes de los frutos.

Para cualquier tema relacionado con usufructos, planificación sucesoria, transmisión de bienes y herencias, siempre es recomendable contar con un equipo experto de abogados que puedas asesorarte en cada uno de estos temas.

Las herencias y Legaltech

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