Las herencias en España

Las herencias en España

En este artículo vamos a conocer un poco más a más fondo diferentes cuestiones sobre las herencias en España, en especial los impuestos que hay que pagar al heredar un inmueble. También te puede interesar saber cuanto cuesta hacer un testamento.

Fases del procedimiento hereditario en España

El procedimiento hereditario en España consta de varias fases. A continuación, describimos brevemente las principales etapas del proceso:

  • Aceptación y repudiación de la herencia: los herederos tienen un plazo de seis meses para aceptar o repudiar la herencia desde el fallecimiento del causante. Si no se realiza ninguna de estas acciones dentro del plazo establecido, se considera que la herencia ha sido aceptada.
  • Inventario y avalúo de bienes: una vez aceptada la herencia, los herederos deben realizar un inventario de los bienes del causante y su correspondiente avalúo.
  • Declaración de herederos: si el causante no dejó testamento o éste ha sido declarado nulo, los herederos deben realizar una declaración de herederos para determinar quiénes son los legítimos herederos del causante.
  • Pago de deudas y legados: antes de proceder a la distribución de la herencia entre los herederos, se deben pagar las deudas y los legados que hayan sido dejados por el causante.
  • Partición de la herencia: una vez pagadas las deudas y legados, se procede a la distribución de la herencia entre los herederos. Si no se llega a un acuerdo entre ellos, se puede recurrir a un procedimiento judicial para la partición de la herencia.

Es importante señalar que el procedimiento hereditario puede variar ligeramente en función de la comunidad autónoma en la que se encuentre dicho proceso.

División de la herencias en España

La división de las herencias en España se produce una vez que se han realizado las gestiones necesarias para el pago de las deudas y legados. La distribución de los bienes de la herencia entre los herederos puede llevarse a cabo de dos maneras:

Por acuerdo entre los herederos: Los herederos llegan a un acuerdo sobre cómo se va a realizar la división de la herencia. Este acuerdo puede ser verbal o escrito. También debe reflejar claramente la voluntad de todos los herederos. En caso de discrepancias, se debe recurrir a la mediación o al arbitraje para intentar llegar a un acuerdo.

Por vía judicial: si los herederos no llegan a un acuerdo sobre la distribución de la herencia, normalmente se recurre a un procedimiento judicial para la partición de la herencia. Este proceso es bastante complejo y lleva varios años en función de la complejidad de la herencia y el número de herederos implicados.

En ambos casos, es importante tener en cuenta que la división de la herencia debe realizarse de manera equitativa entre los herederos, teniendo en cuenta el valor de los bienes que corresponden a cada uno de ellos. En caso de que uno o varios de los herederos no quieran o no puedan aceptar la parte que les corresponde, se procederá a la adjudicación de los bienes mediante subasta pública.

Impuestos que hay que pagar al heredar un inmueble

En España, al heredar un inmueble, se deben pagar una serie de impuestos, como por ejemplo:

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD): Es un impuesto que grava las herencias y donaciones recibidas por una persona. El importe del impuesto varía en función del valor de la herencia y el grado de parentesco entre el fallecido y el heredero. Cada Comunidad Autónoma tiene su propia normativa y tipo impositivo para el ISD.

Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). También conocido como «Plusvalía Municipal«: Este impuesto grava el incremento del valor del suelo urbano en el momento de la transmisión de la propiedad. El importe a pagar se calcula en función de los siguientes valores:

  • Valor catastral del inmueble.
  • Tiempo que el fallecido ha sido propietario.
  • Porcentaje de incremento del valor del suelo que se haya producido.

Es importante tener en cuenta que la obligación de pagar estos impuestos recae sobre los herederos, quienes tienen un plazo de seis meses desde el fallecimiento del causante para presentar la documentación necesaria y liquidar los impuestos correspondientes. En caso de no cumplir con esta obligación en el plazo establecido, se pueden generar intereses y recargos por mora.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies