5 comentarios en “¿Crees que Jordi Cuixart y Jordi Sánchez son presos políticos?”

  1. No son presos políticos, son políticos presos por sedición. Artículo 544 y 545 Constitución Española. Conviene leerlos..Sedición

    Artículo 544

    Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.

    Artículo 545

    1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.

    2. Fuera de estos casos, se impondrá la pena de cuatro a ocho años de prisión, y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años.

  2. Es importante recordar que Francs Maciá fundó un partido que realzaba el independentismo catalá y estamos hablando del 1923 y al proclamar la Independencia lo llevaron a Paris para juzgarlo.Lo que quiero indicar es que es una inquietud desde hace tiempo,es más, al ser libre continuó con su inquietud y se fué nada más y nada menos para Cuba. En 1928 Macià visitó los centros catalanes de América Latina que habían financiado sus actividades y en La Habana presidió la Asamblea Constituyente del Separatismo Catalán, celebrada entre el 30 de septiembre y el 2 de octubre de 1928, en la que se aprobó la Constitución Provisional de la República Catalana y se fundó el Partit Separatista Revolucionari Català .Maduro se retrató con la bandera catalana al recibir indicaciones de Raúl Castro y uno puede pensar que hay una relación con la Revolución cubana .

  3. Son puros delincuentes comunes se les ha aplicado el código penal y sería más duro, claro y preciso si Belloch no hubiera suprimido diversos artículos del anterior código penal, Era el artículo 214: “Son reos de rebelión los que se alzaren públicamente para cualquiera de los fines siguientes…”. El punto 5 decía expresamente: “Declarar la independencia de una parte del territorio nacional”. No exigía ningún requisito de violencia. Y estaba castigado con una pena que iba de los 6 años y un día a los 12 años de prisión”.

    Ninguno de los gobiernos subsiguientes, ni el del popular José María Aznar, ni el del socialista José Luis Rodríguez Zapatero, ni el del actual presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, hicieron nada por restituir el artículo disuasorio, restando al Estado uno de los recursos más eficaces con los que había contado hasta 1995.

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